Se creó el Instituto Manuel Dorrego

En la ceremonia por el Día de la Soberanía Nacional, que se realizó el viernes 18 de noviembre en el partido de San Pedro, la presidenta Cristina Fernández anunció la creación del Instituto Nacional de Revisionismo Histórico Argentino e Ibeoamericano "Manuel Dorrego", que estará bajo la órbita de la Secretaría de Cultura de la Nación.


"Anoche firmé el decreto de creación del Instituto. Fue una larga lucha de un grupo de caracterizados historiadores e historiadoras que venían bregando por un espacio institucional desde el cual poder analizar, estudiar, reflexionar y también debatir la historia real y no la oficial", aseguró la mandataria.

También, pidió "resignificar la lucha por la soberanía, cuyo hito está en la Vuelta de Obligado" y consideró que "la historia no es una sucesión de hechos aislados, sino interconectados". 

Por su parte, el secretario de Cultura de la Nación, Jorge Coscia, señaló: "En este periodo histórico, en el que hemos recuperado la autoestima, hacía falta la creación de un instituto con estas características que, en rigor, será el reservorio de nuestra identidad".

El Instituto "Manuel Dorrego" tendrá como presidente al historiador Mario O'Donnell y como vicepresidentes a Aracelli Bellotta y Víctor Ramos.

Entre sus tareas, el organismo organizará concursos bianuales: el premio "José María Rosa" para investigaciones sobre la Argentina; y la distinción "Jorge Abelardo Ramos", para estudios históricos iberoamericanos.


Texto completo del decreto:
SECRETARIA DE CULTURA

Decreto 1880/2011

Créase el Instituto Nacional de Revisionismo Histórico Argentino e Iberoamericano Manuel Dorrego. Designaciones.

Bs. As., 17/11/2011

VISTO el expediente Nº EXP-JGM: 0045964/2011 del Registro de laJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, por el cual un grupo de destacadoshistoriadores argentinos solicita la creación del INSTITUTO NACIONAL DEREVISIONISMO HISTORICO ARGENTINO E IBEROAMERICANO “MANUEL DORREGO”, y

CONSIDERANDO:

Que la finalidad del INSTITUTO NACIONAL DE REVISIONISMO HISTORICOARGENTINO E IBEROAMERICANO “MANUEL DORREGO” será estudiar, investigar ydifundir la vida y la obra de personalidades y circunstanciasdestacadas de nuestra historia que no han recibido el reconocimientoadecuado en un ámbito institucional de carácter académico, acorde conlas rigurosas exigencias del saber científico.

Que se ha elegido la figura del Gobernador Manuel DORREGO como símbolode esta iniciativa por ser un prócer caracterizado por su patriotismo,coraje y clarividencia que lo llevaron a destacarse como pocos en lasluchas de nuestra Independencia. Abogó por la organización federal denuestra Patria y representó los intereses de los sectores populares,como quedó demostrado durante su corta gestión como Gobernador deBuenos Aires. Su trágico final y las sangrientas consecuenciasposteriores son un llamado a desterrar la intolerancia y la violenciade las prácticas políticas. Por su parte, su impronta iberoamericana sereflejó en sus vínculos con Simón BOLIVAR, como así también, en susesfuerzos para impedir la anexión de la Banda Oriental del Uruguay alBrasil.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE REVISIONISMO HISTORICO ARGENTINO EIBEROAMERICANO “MANUEL DORREGO” no se abocará en exclusividad a lafigura del mártir de Navarro sino a la reivindicación de todas y todosaquellos que, como él, defendieron el ideario nacional y popular anteel embate liberal y extranjerizante de quienes han sido, desde elprincipio de nuestra historia, sus adversarios, y que, en pro de susintereses han pretendido oscurecerlos y relegarlos de la memoriacolectiva del pueblo argentino.

Que, asimismo, prestará especial atención a la reivindicación de la participación femenina.

Que, por otro lado, reivindicará la importancia protagónica de lossectores populares, devaluada por el criterio de que los hechossucedían sólo por decisión de los “grandes hombres”.

Que, en tal sentido, el Instituto cuya creación se dispone, prevétambién dar lugar al aporte enriquecedor del arte, la literatura, elcine, la música y todas aquellas manifestaciones culturales queayudarán a establecer la importancia de la revisión histórica.

Que la actividad del Instituto permitirá profundizar el conocimiento dela vida y obra de los mayores exponentes del ideario nacional, popular,federalista e iberoamericano, como José de SAN MARTIN; Martín GÜEMES;José Gervasio ARTIGAS; Estanislao LOPEZ; Francisco RAMIREZ; AngelVicente “Chacho” PEÑALOZA; Felipe VARELA; Facundo QUIROGA; Juan Manuelde ROSAS; Juan Bautista BUSTOS; Hipólito YRIGOYEN; Juan Domingo PERON yEva DUARTE de PERON, entre otros. Asimismo, estudiará la trayectoria deotros próceres iberoamericanos como Simón BOLIVAR, Bernardo O’HIGGINS,el mariscal Antonio José de SUCRE, Miguel Gregorio Antonio IgnacioHIDALGO, José MARTI, Manuel UGARTE, José VASCONCELOS, Rufino BLANCOFOMBONA, Augusto SANDINO, Luis Alberto HERRERA y Víctor Raúl HAYA DE LATORRE.

Que, dentro de las competencias del Instituto, se cuenta el estímulo yla promoción de la actividad de historiadores, ensayistas y pensadoresabocados a la investigación y divulgación de la historia revisionista.Para ello, se implementará un sistema de becas, subsidios y premios quefavorezcan el desarrollo y profundización de sus tareas.

Que la creación del INSTITUTO NACIONAL DE REVISIONISMO HISTORICOARGENTINO E IBEROAMERICANO “MANUEL DORREGO” permitirá la continuidadinstitucional de un estudio riguroso sobre los temas de incumbencia,mediante la recopilación del material documental y testimonialexistente y la promoción de congresos, cursos y publicaciones quecontribuyan a la profundización y divulgación de las personalidades ysu repercusión histórica social.

Que, en razón de lo expuesto, resulta pertinente dotar al Instituto encuestión de los recursos materiales necesarios para lograr la óptimaconcreción de sus objetivos.

Que han tomado intervención los servicios jurídicos competentes.

Que la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DEGABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado laintervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1º — Créase, enjurisdicción de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LANACION, el INSTITUTO NACIONAL DE REVISIONISMO HISTORICO ARGENTINO EIBEROAMERICANO “MANUEL DORREGO”, con carácter de organismodesconcentrado, cuya finalidad primordial será el estudio, laponderación y la enseñanza de la vida y obra de las personalidades denuestra historia y de la Historia Iberoamericana, que obligan a revisarel lugar y el sentido que les fuera adjudicado por la historia oficial,escrita por los vencedores de las guerras civiles del siglo XIX.

Art. 2º — Institúyense los siguientes Premios:

a) Premio “JOSE MARIA ROSA”, que será otorgado cada DOS (2) años alhistoriador, ensayista o pensador argentino que más se haya destacadoen la investigación, elaboración y divulgación de la historiarevisionista nacional.

b) Premio “JORGE ABELARDO RAMOS”, que distinguirá a quien se hayadestacado, dentro del territorio iberoamericano, en la historiarevisionista continental.

Ambos Premios deberán representar un aliciente económico para losganadores —para lo cual el Instituto destinará un monto dinerario— ypodrán establecer Menciones para aquellos trabajos que merecierandestacarse además del ganador. De igual forma, podrán ser declaradosdesiertos.

Art. 3º — Serán competencias del INSTITUTO NACIONAL DE REVISIONISMO HISTORICO ARGENTINO E IBEROAMERICANO “MANUEL DORREGO”:

a) La investigación histórica y los estudios historiográficos,críticos, filosóficos, sociales, económicos, educacionales, jurídicos ypolíticos referidos a la acción pública y privada de Manuel DORREGO yde todas y todos aquellos que, como él, abogaron por una Patria deraíces nacionales, populares, democráticas y federalistas.

b) La elaboración de publicaciones y organización de eventosculturales, viajes, seminarios, congresos, jornadas, reunionesacadémicas y de investigación científica, tanto en su sede como enestablecimientos educacionales, civiles y centros de cultura del país.

c) La colaboración con las autoridades nacionales, provinciales, de laCiudad Autónoma de Buenos Aires y municipales y con las institucionesde enseñanza oficiales y privadas, para enseñar los objetivos básicosque deben orientar la docencia para un mejor aprovechamiento ycomprensión de las acciones y las personalidades de las que se ocuparáel Instituto como, asimismo, el asesoramiento respecto de la fidelidadhistórica en todo lo que se relacione con los asuntos de marras.

d) La creación de museos, archivos y registros documentales,biográficos, bibliográficos, iconográficos, numismáticos, filatélicos ysimilares, como así también, la realización de concursos y cursosliterarios, históricos y musicales, entre otros, pudiendo otorgardistinciones y premios, dentro y fuera del país.

e) La administración de los premios creados en el artículo 2º de la presente medida.

f) La cooperación con autoridades, instituciones y personas respectodel contexto histórico y de la conservación y seguridad de losestablecimientos, edificios, lugares históricos, obras de arte y demáselementos rescatados o que se recuperen en el futuro, vinculados con elobjetivo del Instituto.

g) El estudio y registro de la toponimia y demás denominacionesrelacionadas, como así también de todo lo referente a efigies,distintivos y emblemas.

h) La puesta en marcha de un banco de datos, archivo gráfico,biblioteca, hemeroteca, cinemateca y videoteca, sin invadir lajurisdicción de otras instituciones científicas o historiográficas.

i) La realización de estudios, investigaciones, cursos, conferencias,seminarios y publicaciones acerca de la participación de la mujer y lossectores populares en la vida política, económica, social, y culturalde nuestro país.

j) La organización de los actos oficiales de homenaje a Don ManuelDORREGO los siguientes días de cada año: el 11 de junio, aniversario desu natalicio, y el 13 de agosto, aniversario de su asunción comoGobernador de Buenos Aires. Asimismo, colaborará con otrascelebraciones que le sean encomendadas por la PRESIDENCIA DE LA NACION,a través de la SECRETARIA DE CULTURA.

Art. 4º — El INSTITUTO NACIONALDE REVISIONISMO HISTORICO ARGENTINO E IBEROAMERICANO “MANUEL DORREGO”prestará asesoramiento previo con relación a la realización de actosreferidos a las personalidades históricas abarcadas por él, aparticulares, instituciones privadas, autoridades, reparticionespúblicas, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires omunicipales que se relacionen con el ámbito de influencia y acción delmismo y que requieran apoyo financiero o de otro tipo por parte delámbito oficial para su realización, y tendrá, además, intervenciónnecesaria en los eventos que organice el Estado Nacional o conparticipación del mismo.

Art. 5º — El INSTITUTO NACIONALDE REVISIONISMO HISTORICO ARGENTINO E IBEROAMERICANO “MANUEL DORREGO”estará conformado por un Cuerpo Académico integrado por TREINTA Y TRES(33) Miembros de Número, quienes deberán ser historiadores oinvestigadores especializados en los temas revisionistas que sean decompetencia del Instituto, de los cuales, al menos CINCO (5), deberánser mujeres y otros CINCO (5) deberán provenir del interior del país.

Los Miembros de Número iniciales serán los que se designan por elpresente decreto en el ANEXO I que forma parte integrante del mismo.

Art. 6º — Cuando se produzcauna vacante en el Cuerpo Académico, el nuevo Miembro de Número serádesignado a propuesta de TRES (3) miembros y aceptado por el voto deDOS TERCIOS (2/3) de los presentes en la convocatoria realizada a talfin.

Art. 7º — El patrimonio delINSTITUTO NACIONAL DE REVISIONISMO HISTORICO ARGENTINO E IBEROAMERICANO“MANUEL DORREGO” se conformará con los siguientes recursos:

a) Las partidas que se determinen en el Presupuesto Nacional.

b) Los provenientes de donaciones y legados.

c) Los intereses y rentas que devenguen las inversiones de los recursos obtenidos.

d) Los fondos provenientes de convenios o acuerdos con instituciones nacionales públicas o privadas que celebre el Instituto.

Art. 8º — El INSTITUTO NACIONALDE REVISIONISMO HISTORICO ARGENTINO E IBEROAMERICANO “MANUEL DORREGO”será dirigido por UNA (1) COMISION DIRECTIVA, cuya primera composiciónserá la siguiente: PRESIDENTE: O’DONNELL, Mario Ernesto (D.N.I. Nº4.381.587) (Ciudad Autónoma de Buenos Aires). VICEPRESIDENTE PRIMERO:BELLOTTA, Araceli Viviana (D.N.I. Nº 14.027.615) (Provincia de BuenosAires). VICEPRESIDENTE SEGUNDO: RAMOS, Víctor Jorge (D.N.I. Nº11.666.737) (Ciudad Autónoma de Buenos Aires). SECRETARIO: LAUNAY, Luis(D.N.I. Nº 7.829.866) (Provincia de Buenos Aires). PROSECRETARIO:GULLO, Juan Marcelo (D.N.I. Nº 16.267.027) (Provincia de Santa Fe).TESORERO: VAZQUEZ, Pablo Adrián (D.N.I. Nº 22.001.031) (Ciudad Autónomade Buenos Aires). PROTESORERA: MANAUTA, Leticia Catalina (D.N.I. Nº5.003.080) (Ciudad Autónoma de Buenos Aires). VOCALES TITULARES:JARAMILLO, Ana María (D.N.I. Nº 6.032.421) (Provincia de Buenos Aires);MANAUTA, Leticia Catalina (D.N.I. Nº 5.003.080) (Ciudad Autónoma deBuenos Aires) y MANSON, Enrique José María (D.N.I. Nº 4.395.707)(Provincia de Buenos Aires). VOCALES SUPLENTES: ROSA, Eduardo (D.N.I.Nº 4.207.588) (Provincia de Buenos Aires); VERGARA, Osvaldo Miguel(D.N.I. Nº 6.044.423) (Provincia de Santa Fe) y CHUMBITA, Hugo Horacio(D.N.I. Nº 7.356.172) (Provincia de Buenos Aires).

Art. 9º — Los miembros de laCOMISION DIRECTIVA durarán DOS (2) años en su mandato, serán elegidospor simple mayoría de los MIEMBROS DE NUMERO, y podrán ser reelectos.

Art. 10. — A partir de lafinalización de la gestión de la primera HONORABLE COMISION DIRECTIVA,el Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE REVISIONISMO HISTORICOARGENTINO E IBEROAMERICANO “MANUEL DORREGO” será designado por el PODEREJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la SECRETARIA DE CULTURA de laPRESIDENCIA DE LA NACION. Dicha propuesta surgirá de UNA (1) ternaproveniente de la elección que, por simple mayoría, realizará laASAMBLEA de los MIEMBROS DE NUMERO.

Art. 11. — Fíjanse comofunciones del Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE REVISIONISMOHISTORICO ARGENTINO E IBEROAMERICANO “MANUEL DORREGO”, las siguientes:

a) Representar al Instituto en todos los actos públicos, privados y en las relaciones oficiales.

b) Disponer el cumplimiento y ejecución de las resoluciones de la COMISION DIRECTIVA.

c) Resolver por sí, todos los asuntos de trámite común y aquellos decarácter urgente, debiendo informar de ello a la COMISION DIRECTIVA enla primera oportunidad.

d) Ejercer el control de todas las publicaciones que realice la Institución.

Art. 12. — Todos los cargos creados por el presente decreto revisten carácter “ad-honorem”.

Art. 13. — La COMISIONDIRECTIVA tendrá a su cargo la redacción del Reglamento Interno quedeberá ser aprobado por la ASAMBLEA de los MIEMBROS DE NUMERO.

Art. 14. — Hasta tanto se doteal INSTITUTO NACIONAL DE REVISIONISMO HISTORICO ARGENTINO EIBEROAMERICANO “MANUEL DORREGO” de la estructura necesaria para sufuncionamiento, la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIONprestará el apoyo técnico y administrativo que resulte pertinente.

Art. 15. — A los fines deposibilitar el funcionamiento del INSTITUTO NACIONAL DE REVISIONISMOHISTORICO ARGENTINO E IBEROAMERICANO “MANUEL DORREGO” durante elpresente ejercicio, el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS realizará lareasignación de las partidas presupuestarias que resulten necesarias.

Art. 16. — Comuníquese,publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL yarchívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — AmadoBoudou. — Alberto E. Sileoni.

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